Requisitos empleador para arraigo social

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Existen tres formas distintas de arraigo: arraigo familiar, arraigo social y arraigo laboral. Cada uno de ellos tiene una serie de criterios básicos que deberá satisfacer si quiere seguir el procedimiento (que veremos a continuación). Sin embargo, podemos derivar un conjunto de generalizaciones que tendrá que satisfacer para iniciar el procedimiento.

El principio de arraigo sólo está previsto para aquellas personas que no sean ciudadanos originarios de un Estado miembro de la Unión Europea. Es decir, si vives en España pero eres de un país sudamericano, por ejemplo, el arraigo es para ti.

Aparte de eso, hay que destacar que uno de los criterios más importantes para el arraigo es poder demostrar una conexión con el país. Como recién llegado, tendrás que demostrar que ciertos factores culturales, sociales, económicos, familiares o académicos te conectan con España. Y que por ello se le concede la nacionalidad. Esto debe conseguirse con la aportación de esos antecedentes relevantes, de los que también hablaremos en este artículo. Por último, ten en cuenta que la carencia de antecedentes penales (ni en España ni en el país de origen) es otro de los requisitos para que se cumpla una buena solicitud. Así pues, veamos cuáles son las 3 formas de arraigo y las particularidades de cada una de ellas.

Llevo tres años en España y no tengo residencia

Descubra todo lo que necesita saber sobre el arraigo social en España. El proceso de regularización que te permitirá obtener la residencia después de tres años de residencia continuada en el territorio español en situación irregular. En este artículo resolveremos todas tus dudas sobre sus requisitos, documentos a presentar, proceso de solicitud y mucho más.

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Debes haber permanecido un mínimo de 3 años en el país. De los tres tipos de arraigo, este es el que tiene el requisito de tiempo más largo (sólo se requieren 2 años para el arraigo laboral y ninguno para el arraigo familiar).

Los requisitos para solicitar este tipo de arraigo son diferentes en función de la Comunidad Autónoma en la que se resida. Sin embargo, la mayoría de ellos son generales, por lo que aquí encontrarás los principales.

Pero recuerda que, si por tus circunstancias particulares y los requisitos principales no puedes solicitar el arraigo social, aún existen otros 2 tipos de arraigo que puedes solicitar.

La forma más fácil y habitual es hacerlo a través del empadronamiento y del “empadronamiento histórico”. El empadronamiento es el documento que muestra en qué ayuntamiento estás empadronado y dónde vives exactamente.

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Los ciudadanos extranjeros que se encuentren en España en situación irregular pueden acceder a este tipo de autorización de residencia por circunstancias excepcionales.Es necesario que hayan permanecido en España al menos tres años, tengan un contrato de trabajo y acrediten vínculos familiares con otros extranjeros residentes o presenten un informe de inserción social.Si los medios de vida acreditados derivan de una actividad laboral, una vez concedida, el extranjero estará autorizado a trabajar en España durante la vigencia de la autorización y el mismo empleador que figure en el contrato aportado en el expediente deberá realizar el correspondiente alta del trabajador en la Seguridad Social. A partir de este momento, la autorización comenzará su periodo de vigencia.En el caso de que los medios de vida no deriven de ninguna actividad laboral por estar exentos, la autorización comenzará su periodo de vigencia desde la notificación de la concesión de la autorización. Transcurrido un año, que es el periodo de vigencia de este tipo de autorización, podrá modificarse en autorización de residencia o de residencia y trabajo.

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Arraigo social autónomo

El empadronamiento. Este es, sin duda, uno de los documentos que más vas a necesitar durante el procedimiento de solicitud.El empadronamiento es el documento que te inscribe en tu ayuntamiento, especificando dónde está tu domicilio y quiénes viven en tu misma casa.Te recomendamos que formalices este registro una vez que llegues a España. Como veremos en el siguiente apartado, te servirá para acreditar el requisito de temporalidad.Además, es lo que requiere la administración para tramitar tu expediente: dependiendo de dónde estés empadronado, se te asignará una de las diferentes oficinas de extranjería.  ¿Tienes alguna duda? Pregunta cualquier cosa a nuestros abogados de extranjería y obtén una respuesta inmediata:

Si tienes familiares españoles (nacionales) o con permiso de residencia en el país, este requisito no es para ti.Sin embargo, si como en la mayoría de los casos no es tu situación, es muy importante que demuestres que te has integrado con la cultura y la sociedad española durante tus 3 años en el territorio nacional.Esto es, sin duda, algo que puedes cultivar desde el primer minuto. Te recomendamos encarecidamente que empieces a hablar español y a conocer e informarte sobre las costumbres de la población local.Podrás demostrar todos estos conocimientos a través de una entrevista con un trabajador del ayuntamiento (un integrador social) en el que estés empadronado.Esta entrevista genera finalmente lo que se conoce como el informe de integración social; que deberás incluir en tu expediente de solicitud de arraigo social.

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