504 determinación de la manifestación
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Determinación de la manifestaciónA veces, el mal comportamiento es el resultado de las dificultades de un niño. En este proceso, el equipo del IEP se pregunta si el mal comportamiento está causado por una discapacidad. (En otras palabras, ¿es el comportamiento una “manifestación” de los problemas del alumno? Si es así, se aplican más protecciones. Para decidir, el equipo examina toda la información pertinente. Puede ser la naturaleza del mal comportamiento. Pueden observar al niño. Y puede consultar el expediente del IEP del niño y los registros escolares. El equipo también comprueba si se ha seguido el PEI del alumno. Por ejemplo, tal vez el estudiante no recibió el asesoramiento que formaba parte del IEP, y por eso se comportó así. Este proceso puede conducir a tres posibles resultados: Averiguar quién se asegura de que las escuelas cumplan con la ley de educación especial.
Drogas, armas y lesiones gravesCuando el mal comportamiento se debe a una discapacidad, los niños con IEP y planes 504 suelen volver a la escuela. Pero hay excepciones. Las escuelas pueden mantener a los estudiantes fuera por hasta 45 días escolares si la remoción se debe a una situación especial: También pueden pedir a un juez que expulse a los alumnos cuando exista un riesgo sustancial de lesiones graves. En estas situaciones, las escuelas suelen colocar a los alumnos en entornos o escuelas alternativas. Pero todavía tienen que proporcionar servicios si hay un cambio de colocación.Aprenda más sobre el comportamiento de riesgo en los niños que aprenden y piensan de manera diferente.
Diagrama de flujo de la determinación de la manifestación
HONIG v. DOEBack en 1988, en un caso llamado Honig v. Doe, el Tribunal Supremo de EE.UU. dictaminó que un consejo escolar de California había violado la ley cuando suspendió indefinidamente a un estudiante por un comportamiento violento y perturbador que estaba relacionado con su discapacidad. El estudiante era un joven de diecisiete años que tenía dificultades para controlar sus impulsos y su ira, y reunía los requisitos para recibir educación especial como estudiante con un trastorno emocional.
El caso estableció que un estudiante con una discapacidad no puede ser retirado por un distrito escolar por más de diez días escolares durante un año escolar por mala conducta relacionada con la discapacidad del estudiante. ¿Qué es la determinación de la manifestación?
Un par de años más tarde, la Ley de Educación para Personas con Discapacidades (IDEA) codificó este fallo del Tribunal Supremo en el caso Honig v. Doe con disposiciones específicas que exigen lo que se denomina una revisión de “determinación de manifestación”. En virtud de la IDEA, antes de que un distrito escolar pueda iniciar un procedimiento disciplinario, como una audiencia de expulsión, y cambiar la ubicación escolar de un alumno retirándolo de la escuela, un distrito escolar debe realizar una revisión de manifestación. La IDEA define el “cambio de ubicación” La IDEA define el cambio de ubicación para las expulsiones disciplinarias como una expulsión de más de diez días escolares consecutivos o una serie de expulsiones que constituyen un patrón porque se acumulan a más de diez días en un año escolar.Los estudiantes con discapacidades pueden ser suspendidos y expulsados Los estudiantes con discapacidades están sujetos a las mismas reglas de suspensión que los estudiantes sin discapacidades, excepto que las suspensiones de los estudiantes con discapacidades no pueden superar los diez días consecutivos sin una “determinación de manifestación”.
Calendario de determinación de la manifestación
1. ¿Cómo se aplica el e-Manifiesto a los residuos que deben manifestarse en un estado (por ejemplo, el estado en el que se generaron los residuos) pero que no se exigen en otro estado (por ejemplo, el estado en el que se recibieron los residuos)?
La disposición de la Ley de Manifiestos Electrónicos relativa a los traslados interestatales sólo se aplica en los casos en que el estado de origen exige un manifiesto, o bien, el estado en el que los residuos serán transportados a una instalación receptora para su gestión (es decir, el estado de destino) exige un manifiesto. Los estados de tránsito, es decir, los estados a través de los cuales se transportan los residuos en ruta a una instalación designada en otro estado, no están cubiertos por esta disposición, por lo que sus requisitos de seguimiento no desencadenarán ninguna responsabilidad para que la instalación designada responda a un requisito de manifiesto del estado de tránsito.
El sistema e-Manifest realiza un seguimiento de los manifiestos de importación, ya que estos manifiestos comienzan con un importador estadounidense y terminan con una instalación receptora estadounidense. Por lo tanto, una vez que estos residuos peligrosos entran en Estados Unidos, su seguimiento no es muy diferente al de cualquier otro envío de residuos nacional.
Qué es la determinación manifiesta
Cuando un alumno de educación especial es suspendido o expulsado, el distrito escolar debe seguir cumpliendo las leyes y reglamentos del Estado de Washington que rigen la disciplina que se aplica a todos los alumnos. Al mismo tiempo, sin embargo, hay protecciones disciplinarias adicionales de educación especial para cuando los distritos escolares sacan de su ubicación educativa a un estudiante que es elegible, o que se considera elegible, para la educación especial.
Asegúrese de familiarizarse tanto con los plazos y procedimientos disciplinarios de la educación general como con los de la educación especial. Para obtener más información sobre los procedimientos disciplinarios de educación general, visite la página de Disciplina Estudiantil de OSPI.
Los estudiantes elegibles para educación especial, en general, no pueden ser retirados de su ubicación educativa por más de 10 días escolares seguidos o ser sometidos a una serie de retiros que sumen más de 10 días escolares en un año. Los traslados de 10 días o más se consideran un cambio de ubicación.
Cuando se retira a un alumno de su centro educativo durante más de 10 días escolares, debe celebrarse una reunión de determinación de la manifestación dentro de los 10 días siguientes al retiro. Esta reunión es para determinar si el comportamiento del estudiante fue una manifestación de su discapacidad. Esta determinación la hacen usted, el distrito y otros miembros relevantes del equipo del IEP (según decidan usted y el distrito). Una reunión de determinación de manifestación es un proceso distinto sólo para los estudiantes de educación especial que está separado de cualquier otra audiencia o procedimiento disciplinario de educación general.
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